Comisión del Congreso contra el Fraude: Gasto S/148,478 sin Pruebas Sólidas
COMISIÓN DEL CONGRESO CONTRA EL FRAUDE: GASTO S/148,478 SIN PRUEBAS SÓLIDAS
Fracaso y Despilfarro: El Revés Legal que Enmarca la Investigación del Supuesto Fraude Electoral del 2021 presidido por el Congresista Jorge Montoya
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En una decisión de relevancia para la esfera política peruana, el Tribunal Constitucional ha emitido un fallo declarando nula la Comisión del Congreso de la República que fue creada con el propósito de indagar en las alegaciones de fraude durante las elecciones generales del 2021.
Esta resolución se fundamenta en el reconocimiento de una demanda competencial interpuesta por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), que argumentaba que la comisión carecía de validez y no contaba con el respaldo adecuado de los parlamentarios.
El Tribunal Constitucional, en su veredicto, ha hecho hincapié en diversos aspectos cruciales. En primer lugar, destaca que la comisión no alcanzó el respaldo necesario de acuerdo al artículo 88 del Reglamento del Congreso, que establece la exigencia de un 35% del número total de congresistas para su aprobación. Esto subraya la importancia de un respaldo parlamentario sólido para este tipo de iniciativas.
La Comisión en cuestión estuvo presidida por el congresista Jorge Montoya, perteneciente a Renovación Popular. Durante su funcionamiento entre octubre del 2021 y enero del 2022, se utilizaron fondos públicos por un monto de S/148.478. No obstante, a pesar de este gasto significativo, la comisión no logró presentar pruebas sustanciales que respaldaran las alegaciones de fraude electoral.
El fallo del Tribunal Constitucional, por otro lado, reafirma la capacidad del Congreso de la República para iniciar investigaciones sobre asuntos de interés público, conforme al artículo 97 de la Constitución y el Reglamento del Congreso. No obstante, esta competencia no debe menoscabar las atribuciones del Jurado Nacional de Elecciones, cuyas funciones están claramente establecidas por la Constitución y su ley orgánica.
Es importante resaltar que esta decisión tiene implicaciones políticas y legales significativas en relación con la investigación de presuntos fraudes electorales y el papel del Congreso en dicho proceso. El fallo ha sido admitido por los magistrados César Ochoa Cardich, Luz Pacheco Zerga y Helder Domínguez Haro.